Certificado de registro de ciudadano de la Unión
Registrarte como residente de la UE/EEE/Suiza en España
Registra tu residencia en España si eres ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza y vas a permanecer más de tres meses.
- Para quién es
- Ciudadanos de la UE, el EEE y Suiza
- Plazo legal
- 3 meses desde la entrada
- Cuánto tarda
- el certificado se expide inmediatamente cuando se cumplen los requisitos de registro
- Coste
- tasa administrativa vigente
- Dónde
- En persona · Policía Nacional / Oficina de Extranjería
Pasos
- Identifica el supuesto que te habilita: trabajo por cuenta ajena, trabajo por cuenta propia, recursos suficientes más cobertura sanitaria, estudios o vínculo familiar que cumpla los requisitos.interior.gob.es
- Cumplimenta el EX-18, genera/paga el Modelo 790 código 012 y prepara la documentación que acredite ese supuesto.interior.gob.es
- Acude personalmente a la dependencia competente de Policía/Extranjería y realiza el registro.interior.gob.es
Ese es todo el trámite
Si prefieres repasar el tuyo con alguien, descríbeselo primero a NEXO. Sabrás qué se aplica a tu caso y si necesitas a una persona.
Qué llevar
- EX-18, documento de identidad y justificante del pago del 790-012.interior.gob.es
- Documentación del supuesto habilitante: empleo/trabajo por cuenta propia, recursos y cobertura sanitaria, estudios o vínculo familiar, según corresponda.interior.gob.es
Qué dicen las fuentes oficiales
Los ciudadanos de la UE/EEE/Suiza que permanezcan en España más de tres meses deben registrarse cuando cumplan alguna de las condiciones de libre circulación que dan derecho a ello.interior.gob.es
La información oficial no publica las cantidades mensuales fijas de recursos que se citaban anteriormente en la guía antigua.interior.gob.es
Cuando se cumplen los requisitos de registro, el certificado se expide de forma inmediata como parte del procedimiento de registro.interior.gob.es
Lo que vemos en la práctica
Observaciones propias de NEXO. No son información oficial y no llevan fuente.
- No presentes el EX-18 como el origen del derecho subyacente de un ciudadano de la UE a trabajar; documenta su registro dentro del régimen de libre circulación.
- No prometas que la TSE por sí sola satisface todos los casos de residencia por recursos propios; verifica la base real de la cobertura sanitaria.
Preguntas frecuentes
¿Necesito tener trabajo?
No. El empleo es una vía; también pueden cumplir los requisitos los recursos suficientes con cobertura sanitaria adecuada y las vías de estudios o familiares.interior.gob.es
¿Existe una cantidad mensual oficial y fija de ahorros?
No utilices las antiguas cifras de 800–1.500 €. Aplica al caso concreto el criterio oficial de recursos suficientes.interior.gob.es
¿Recibo una TIE?
El documento habitual para un ciudadano de la UE es el certificado de registro de ciudadano de la Unión, no una TIE opcional de carácter general.interior.gob.es
Qué hace que se deniegue o se retrase
- El solicitante no acredita ninguno de los supuestos habilitantes de libre circulación.interior.gob.es
- Falta la documentación de identidad, el justificante de la tasa o la documentación específica de la categoría.interior.gob.es
¿Te suena alguna de estas situaciones?
- No puedes determinar con claridad si la base del solicitante es trabajo por cuenta ajena, trabajo por cuenta propia, estudios, familia o recursos propios.
Casos así necesitan que alguien mire los detalles. Describe el tuyo a NEXO y te diremos qué se aplica y qué hacer después.